P. YATE. Patrón de yate

Atribuciones: Gobierno de embarcaciones de recreo a motor de hasta veinte metros de eslora para la navegación que efectúe en la zona comprendida entre la costa y la línea paralela a la misma trazada a 60 millas.

Condiciones:


PATRÓN DE YATE HABILITADO A VELA: Si quiere habilitar su título para gobernar un velero, además deberá hacer unas prácticas específicas de vela, si es que nos la hizo ya como Patrón de Recreo: Cuatro salidas de cuatro horas cada una de ellas.